Micelio
Auto29 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Lina Marcela Escobar Martínez

Demandante Ruber Yesid Chávez Gómez·Demandado Consejo De Administración Y Administradora Andry Lorena Figueroa Rodriguez €? Condominio Campestre

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia presentado entre el Juzgado 1 Civil Municipal de Pitalito (Huila) y el Juzgado 4 Administrativo del Circuito de Neiva.

Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se apartó del conocimiento del asunto con base en las reglas de reparto.

Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado 1 Civil Municipal de Pitalito para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.

Se hizo una advertencia a la precitada autoridad para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del 1 de octubre de 2025, proferido por el Juzgado 001 Civil Municipal de Pitalito, dentro del trámite de tutela promovido por Ruber Yesid Chávez Gómez contra el Consejo de Administración del condominio campestre Verde Horizonte, etapa 2.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-5176 al Juzgado 001 Civil Municipal de Pitalito para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión a que haya lugar.
  3. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Civil Municipal de Pitalito para que, en lo sucesivo, se abstenga de argumentar su falta de competencia con fundamento en reglas de reparto y, por lo tanto, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional, en materia de conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  4. CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICARLE la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante, al Juzgado 001 Civil Municipal de Pitalito y al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Neiva.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.